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Hoy en día cada vez más parejas recurren a la adopción como modo de desarrollar su maternidad/paternidad. Bien por que no puedan tener hijos biológicos, bien por cualquier otra causa.             

Sin embargo, en España, y en contra de lo que muchas personas creen, no hay casi niños/as que puedan ser adoptados. Sí existe, sin embargo, un gran número de niños/as susceptibles de ser acogidos por una familia (acogimiento familiar). El acogimiento es muy diferente de la adopción ya que la adopción (nacional o no) rompe los vínculos legales con la familia biológica y los establece con la familia adoptiva (en España sólo existe la adopción plena).

El Acogimiento Familiar tiene una filosofía completamente diferente. El niño es acogido por una familia con el fin de proporcionarle un ambiente estable y favorecedor que le permita su desarrollo personal mientras su familia biológica no puede proporcionárselo. Por ello, cuando esta haya recuperado la estabilidad o tenga los recursos (económicos, emocionales, sociales, etc.) suficientes, el niño/a deberá volver con su familia de origen, ya que nunca rompió los vínculos con ella.

 Así pues, y debido a que el número de familias que realizaban un ofrecimiento de adopción nacional era muy superior al de los niños susceptibles de ser adoptados, hace unos años se cerró el cupo para la adopción nacional (aunque volvió a abrirse en varias ocasiones más, pero sólo durante pocos meses cada vez, la última en mayo de 2015) y comenzó el auge en España de la Adopción Internacional.

Sin embargo, muchas personas acuden a la adopción internacional sin un conocimiento real de lo que ello supone. Es obligación del estado garantizar que el niño que llegue para ser adoptado se desarrolle en las mejores condiciones físicas y psicológicas, así como que los medios económicos con los que cuente la familia sean suficientes. Por ello, y dado que, no lo olvidemos nunca, la prioridad es el menor, los padres deben pasar por una evaluación psicosocial minuciosa que garantice que ese niño va a poder estar bien atendido. Mucha gente piensa que los niños en los orfanatos están tan mal que hay que sacarlos de allí a toda costa. Sin embargo, no piensan que cuando son adoptados se les saca de lo que ellos han conocido como su hogar, de las personas que han cuidado de ellos, del clima, la alimentación, el lenguaje, etc. Y si llegan aquí y los padres no les ofrecen lo que necesitan para su desarrollo integral, el trastorno psicológico para el niño puede ser aún mayor que estar en un lugar con pocas posibilidades económicas.
 

Otro punto extremadamente importante es que, la adopción no es un hecho benéfico, es una opción de maternidad/paternidad. No es justo para un niño ser adoptado por “pena”. Para que la adopción pueda ser llevada con las mayores garantías de felicidad para ambas partes, los padres adoptantes deben tener el deseo de ser padres, ante todo, es decir, deben querer un hijo, con todo lo que conlleva.

 Las personas que adopten también tendrán que tener claro que el niño/a que va a llegar trae consigo una problemática especial, que no sólo es la adaptación. La historia previa del niño y sus secuelas psicológicas no pueden obviarse (por muy pequeño que este sea) pero tampoco las posibles secuelas físicas (problemas psicomotrices, de crecimiento, etc). 

Además, la adopción “no es reversible”. Es decir, “si no me gusta el niño no puedo devolverlo” ya que si lo hago estaré abandonando un niño exactamente igual que si abandonara a un hijo biológico porque “no se adapta a mí, no es lo que yo esperaba, no sé qué hacer con él...” con el consiguiente desarraigo y problemas emocionales que le traería ya que al ser ya un niño español quedaría abandonado de nuevo aquí y separado de todo lo que conocía.

La adopción internacional puede solicitarse en diferentes países, por ejemplo: China, lndia, México, Colombia, Ucrania, Hungría, Bulgaria, Santo Domingo, y un largo etcétera. El Instituto Madrileño del Menor y la Familia (IMMF) de la Comunidad de Madrid es el organismo competente para informar sobre todos los trámites necesarios y a pesar de que hay un pequeño grupo de psicólogos autorizados por la Comunidad de Madrid para realizar los Informes psicológicos necesarios para la obtención del certificado de idoneidad de la CAM, todos los trámites han de seguirse a través de ésta y de los correspondientes colegios profesionales, por lo que nosotros no podemos realizar ningún tipo de tramitación que no venga directamente de dichos colegios.
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